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6 de diciembre de 2019
,por Medrano, Marcela
¿Un empleado que trabaja sólo 6 días al mes, en comercio, sobre qué base debe aportar a la obra social, como si estuviera tiempo completo o el mínimo establecido por Resolución Nº 200/19 (ANSES), artículo 3º?
El aporte y la contribución de obra social, en el caso de los contratos a tiempo parcial se realiza por la remuneración (básico más adicionales) de jornada completa. El mínimo establecido en la Resolución Nº 200/19 es dos veces la base mínima, pero la obra social cuando fiscaliza el cálculo lo hace sobre el sueldo de jornada completa. >
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